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Existe un plazo para la devolución de la renta ese periodo se alarga hasta el 31 de diciembre de forma normal.

Como se ha podido comprobar en los últimos años, se está superando para muchos contribuyentes que ven como con el cambio del año siguen sin recibir su dinero de la devolución de la renta. ¿Qué hacer en estos casos?

Cómo reclamar la devolución de la renta

Lo primero hay que tener en cuenta que el plazo para la devolución de la renta 2015 se extienda hasta final de año no quiere decir que sea obligatorio ingresarlo antes de esa fecha.La Agencia Tributaria debería seguir adelante con el proceso de devolución una vez superado el plazo legal.Si se llega a producir esta situación la AEAT debería añadir de forma automática sin que el contribuyente lo solicite los intereses de demora a la cantidad que nos adeuda que ahora mismo se encuentran en el 3,75%.

A No ser que Hacienda requiera algún tipo de información adicional, no será necesario llevar a cabo ninguna otra acción para reclamar la devolución de IRPF. Lo que se puede hacer es consultar el estado de la devolución y la declaración,y mirar de esta manera que todo sigue su curso con normalidad( Sede Electrónica de la AEAT)

Estos son los mensajes más habituales que lanza la Agencia Tributaria:

  • Su declaración se está tramitando. Hacienda ha recibido el documento, pero todavía no ha hecho nada con él, no lo ha tramitado.
  • La declaración con el importe indicado, no ha sido grabada o esta en proceso. compruebe el importe. Ha habido un error con la declaración, y habría que hacerla otra vez si estamos en plazo legal y el programa nos deja o acudir a Hacienda para informar del error.
  • Su declaración ha sido grabada y se está realizando su comprobación. Hacienda está revisando la declaración.
  • Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Hacienda ha aprobado la declaración y sólo resta saber cuándo te devolverá el dinero.
  • Su devolución ha sido emitida el dia xx/xx/xxxx; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. La Agencia Tributaria ya ha dado la orden de pago y no tardarás en contar con el dinero de tu devolución de la renta.

Reclamar la devolución de la renta

Si pasado el 30 de junio y todavía no has recibido la devolución( seguramente tu declaración esté en el primer estadio).¿Que se puede hacer llegado a este punto?

Hay dos formas :

  • Personarse en la Oficina de Haciendaconsultar más cercana), solicitar de nuevo el estado de la devolución de la renta y poner esa reclamación por escrito.
  • La segunda es a través de la página web de la AEAT (en el apartado de Sede Electrónica). Para poder hacer la reclamación es necesario contar con firma digital o estar dado de alta en el Sistema Clave

¿Realmente sirve de algo? probable no consigamos acelerar el pago de la devolución de la renta 2015.Salvo tener la conciencia tranquila de haber realizado todos los tramites que estaban en su mano

Cómo funciona el interés de demora

Si con el cambio de año seguimos sin cobrar se puede volver a consultar el estado de la devolución de la renta teniendo además claro que Hacienda deberá incluir en su ingreso los citados intereses de demora.

Si la AEAT sólo se retrasa dos mes en hacer efectiva la devolución de la renta entregada en 2015 sólo pagará la parte del porcentaje correspondiente a esos meses.

Se trata de una diferencia importante, ya que el dinero que recibirás en uno u otro caso será bien distinto.

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