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Las autoridades independientes de Protección del Informante (AAI) se consolidan como organismos claves para el cumplimiento de la Ley 2/2023 de protección del Informante y para la correcta implementación del canal de denuncias.

La ley 2/2023 establece un marco de protección robusto para las personas que informan sobre infracciones, garantizando que no sufran represalias para actuar en defensa del interés público. Las autoridades mencionadas tienen como misión asegurar que las organizaciones, tanto del sector público como privado, implementen sistemas de denuncia adecuados que cumplan con los estándares de seguridad y privacidad requeridos, protejan la confidencialidad del informante y ofrezcan canales seguros para reportar irregularidades.

La creación de este organismo representa un paso necesario y un avance más a la adaptación a la directiva whistleblowing europea.

La ley no obliga a las comunidades autónomas a constituir una autoridad independiente de protección al informante ya que la A.A.I estatal puede recepcionar las denuncias de infracciones cometidas en cualquier comunidad autónoma. Sin embargo, algunas autonomías han creado organismos propios, como Andalucía, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, Navarra y Valencia

Por la Orden PJC7908/2025, de 8 de agosto de 2025, publicada el 12 de agosto de 2025 en el Boletín Oficial del Estado, se fija el 1 de septiembre de 2025 para el inicio del funcionamiento de las A.A.I. Esto implica que a partir de esa fecha activa formalmente sus funciones de supervisión, control y sanción.

La entrada en funcionamiento de las A.A.I marca el inicio de una etapa de mayor y control y exigencia para todas las organizaciones obligadas por la Ley 2/2023.

 

Canal de denuncias interno y externo conforme a la Ley 22023 de protección al informante

 

El 1 de septiembre de 2025 es el inicio de la fiscalización real del cumplimiento.

La AAI cuenta con potestad sancionadora, lo que le permite aplicar medidas disciplinarias a las organizaciones que no cumplan con las disposiciones de la Ley 2/2023, principalmente multas y sanciones administrativas, que buscan disuadir el incumplimiento y promover un entorno de compliance y prevención de la corrupción. Entre las denuncias más habituales se encuentran

  • No implementar un canal de denuncias adecuados
  • Falta de protección de la identidad y seguridad a los informantes
  • Represalias contra el informante.

La AAI actúa como supervisora y garante de los derechos de los informantes en el uso de canales de denuncia, tanto internos como externos. Además, tiene la responsabilidad de garantizar que las empresas adopten protocolos adecuados para la confidencialidad del informante y la protección de sus datos personales, evitando así represalias o riesgos derivados de la comunicación de irregularidades.

En cuanto a las sanciones previstas por la Ley 2/2023, estas alcanzan hasta 100.000 euros en caso de infracciones leves, 600.000 euros para infracciones graves y un millón de euros en el caso de infracciones muy graves cometidas por personas jurídicas como, por ejemplo, no disponer de un sistema interno de información (Canal de denuncias).

Por su parte, el Real Decreto 1101/2024 establece el plazo máximo para el registro de Responsables internos de la Información: 2 meses desde la puesta en funcionamiento de las A.A.I. Por tanto, teniendo en cuenta que el plazo para la puesta en funcionamiento de las A.A.I que es el 1 de septiembre de 2025, el 1 de noviembre de 2025 será el plazo máximo para el registro de los Responsables Internos de la Información en el registro de la Autoridad.

 

Diferencias entre canales de denuncia internos y externos

Los canales de denuncia internos son aquellos gestionados directamente por la organización y permiten a los empleados o colaboradores puedan reportar irregularidades de forma confidencial dentro de la empresa.

En cambio, los canales de denuncia externos están gestionados por un organismo independiente, como la AAI. Estos se emplean en casos cuando el denunciante considera que el canal interno no garantiza suficiente seguridad o cuando las irregularidades involucran a altos cargos de la organización.


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